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¿Sabias que que existe la posibilidad de solicitar una indemnización por toda lesión que la persona sufra en sus bienes y derechos?
Los perjuicios podrían ser tanto de carácter material como de carácter personal, derivado del funcionamiento de los servicios públicos.
Podemos exigir responsabilidad patrimonial a la Administración, en muchos casos como por ejemplo:
Estos son algunos de los casos en los existe una responsabilidad patrimonial y por lo tanto se puede pedir una reclamación económica de cierta cuantía.
Muchas veces, no reclamamos cuando hemos sufrido un perjuicio por la acción u omisión de la Administración, conviene estudiarlo.
Para que la demanda de una indemnización por daños y perjuicios sea posible, el daño o perjuicio producido debe ser el resultado de una falta de acción o de un fallo en la Administración.
Incluye cualquier funcionario, policía, servicios públicos, servicios de educación, sanidad, transportes o instituciones penitenciarias, etc.
La indemnización quedará totalmente excluida si el suceso no se hubiera podido prever o fuera totalmente inevitable.
Hay que realizar una reclamación administrativa previa: es necesario agotar la vía administrativa antes de acudir a la vía judicial. Intentar por todos los medios posibles que la Administración responsable del daño contribuya al pago de la indemnización que se reclama.
En Palenzuela Abogados, somos especialistas tanto en materia RECLAMACIONES CONTRA LA ADMINISTRACIÓN como en asuntos de Indemnizaciones por Daños y perjuicios.
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